Y ahora viene lo difícil: ¿cómo controlar en el ejecutivo hipotecario el carácter abusivo de una cláusula?

La sumariedad de nuestro sistema de ejecucion hipotecaria ha sufrido un serio reves en la sentencia del TJUE de 14 de marzo de 2013. El TJUE considera que el mismo no se ajusta al Derecho comunitario sobre proteccion de los consumidores, pues este sistema exige que el eventual caracter abusivo de las clausulas contractuales pueda ser controlado por el juez y que la ejecucion pueda ser suspendida cuando este fundada en la aplicacion de clausulas abusivas. Es mas, junto al resto de pronunciamientos del TJUE sobre la materia, esta sentencia significa que el control judicial sobre clausulas abusivas no solo ha de poder ser realizado a requerimiento del consumidor afectado, sino incluso de oficio por el juez de la ejecucion hipotecaria. El objeto de este articulo es exponer las diversas implicaciones que tiene esta decision, las opciones regulatorias disponibles para el Legislador espanol y las posibles medidas judiciales hasta que se aprueben las correspondientes reformas legales.